Se denomina “Divorcio Unilateral», también conocido como «Express» a la modalidad de divorcio implementada por el Nuevo Código Civil y Comercial reformado en el año 2015, y se caracteriza por lo siguiente:
- Basta la voluntad de cualquiera de los contrayentes, sin que sea necesario que la otra parte este de
- No es necesario invocar o probar alguna causa o motivo, como era antes el adulterio, injurias, separación personal.
- Tampoco hay un plazo que deba aguardarse desde la fecha de celebración del matrimonio.Si hay hijos menores en común, es necesario presentar una propuesta sobre el Plan de Parentalidad.
- Si existen bienes de la sociedad conyugal se debe efectuar una propuesta de como se dividirán los mismos. Puede ser de manera privada entre los cónyuges sin llegar a la liquidación judicial